Gestión
Hacienda va a imponer a los empresarios y profesionales la relación electrónica en sus gestiones con ella

El Ministerio de Hacienda impondrá en breve la comunicación electrónica como única vía de relación de la Agencia Tributaria con todos los empresarios y profesionales del país. Para ello prevé aprobar un real decreto-ley que ya cuenta con un borrador al respecto. En ese texto se recuerda que ha sido una “clara voluntad del legislador” desde hace tiempo y que ya la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establecía el derecho a la relación electrónica con la Administración y lo imponía como obligación a las personas jurídicas; las entidades sin personalidad jurídica; a quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles; a quienes representen a un obligado y a los empleados públicos.
La ley habilitaba a las Administraciones a desarrollar reglamentariamente la norma para fijar el uso del medio electrónico sobre determinados procedimientos específicos o para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quedase acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. Lo que ahora quiere hacer Hacienda es extender esa práctica a la totalidad de las relaciones entre el Fisco y los empresarios y profesionales. Y para tomar esta decisión se ha basado en “la experiencia adquirida los últimos años”, así como en “la operativa actual con la que la Agencia Estatal de Administración Tributaria se relaciona con determinados sectores de actividad u operadores”.
Y uno de los argumentos esgrimidos es la necesidad de asegurar “agilidad” en las relaciones con la Administración Tributaria. Y otra es que los medios tecnológicos para la notificación se han desarrollado notablemente y han permitido que los procesos ganen mucho en eficacia. De este modo, la obligatoriedad de recibir por medios electrónicos las comunicaciones y notificaciones de la Agencia Tributaria afectará a las personas físicas inscritas en el Registro de grandes empresas; las inscritas en el Registro de devolución mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA); en el Registro de Representantes Aduaneros; en el Registro de apoderamientos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria como apoderados para la recepción de comunicaciones y notificaciones y en el Registro Electrónico de la Administración General del Estado (Reage); y los administradores concursales. Asimismo, la obligación pesará también sobre todos aquellos que, sin estar incluidos en el listado anterior, formen parte del censo de profesionales, empresarios y retenedores, lo que termina por extender el cerco a la práctica totalidad de contribuyentes empresariales y profesionales.
El borrador está en un periodo de consulta pública para recopilar recopilar posibles alegaciones que lo mejoren y podría ser aprobado ya durante el mes de julio.