Energías renovables
El Congreso aprueba el RD que impulsa la movilidad eléctrica, el autoconsumo y las energías renovables

El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado esta semana el Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables y ha decidido también tramitar el texto como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.
El texto, defendido por la vicepresidenta tercera, Teresa Ribera, incluye medidas enfocadas a la movilidad eléctrica, el autoconsumo y las energías renovables innovadoras para “la consecución de los objetivos fijados en el marco estratégico de energía y clima”; así como otras medidas de carácter tributario y de empleo público. Entre otras medidas, también se prorroga la aplicación del 10 % de IVA a la factura de la luz, así como los descuentos extraordinarios del bono social para los consumidores vulnerables.
Fomento de la movilidad eléctrica
La norma establece medidas como que las estaciones de combustibles y carburantes deberán contar con al menos una infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, cuya potencia variará en función del volumen de ventas registrado en 2019. Además, las concesionarias que realicen reformas deberán instalar al menos una infraestructura de recarga, independientemente de su volumen de ventas.
También se establece que los edificios no privados y parkings no adscritos a edificios con más de 20 plazas deberán instalar un número de puntos de recarga proporcional a dicho número de plazas. Asimismo, se establecen bonificaciones de hasta el 50 por ciento del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), entre otros, que los ayuntamientos podrán aplicar por la instalación de infraestructuras de recarga. Para agilizar los procesos de instalación, el texto dispone que la autorización de las instalaciones de servicios de recarga se obtenga mediante una declaración responsable sin necesidad de autorización ambiental.
Fomento del autoconsumo
El real decreto-ley establece igualmente “las medidas necesarias para un despliegue efectivo” del autoconsumo. Para ello, se elimina el requisito de que el autoconsumo esté conectado a baja tensión. Además, se modifica la regulación de las condiciones administrativas, técnicas y económicas. En concreto, se permite que determinados proyectos menores de 100 KW queden eximidos de presentar garantías económicas para su tramitación.
Se modifica la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, para obligar a las empresas distribuidoras de energía eléctrica a disponer de un servicio gratuito telefónico y online de atención a los titulares de instalaciones de autoconsumo para atender quejas, reclamaciones, incidencias y solicitudes de información para la óptima instalación de autoconsumo.
Plantas de energías renovables
En el marco de la tramitación administrativa de las solicitudes de nuevas plantas de energía renovable se otorga un plazo adicional de nueve meses para los hitos intermedios relativos a la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental y las autorizaciones administrativas previas y de construcción de las instalaciones de energías renovables.
Además, con el objetivo de liberar el acceso a la red y recursos para la tramitación de “proyectos con mayor madurez y viabilidad”, se permite que los titulares de permisos de acceso y/o conexión puedan renunciar a ellos en el plazo de un mes a contar desde la entrada en vigor de este real decreto-ley y recuperar las garantías económicas presentadas.
Por otro lado, para “acelerar la mejora de las capacidades de investigación y desarrollo en tecnologías marinas” se autoriza la tramitación de instalaciones de generación eólicas marinas que ya cuenten con autorización administrativa previa o asociadas a la investigación de I+D+i.
La tramitación del real decreto como proyecto de ley permite a la Cámara introducir modificaciones. Por tanto, se abre el plazo para presentar enmiendas al articulado, así como enmiendas a la totalidad de texto alternativo.