Economía
El abuso del confirming estrangula a las pymes

La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) ha constatado un aumento significativo de operaciones de confirming en las grandes compañías, productos financieros que alargan los plazos de pago a proveedores o gestionan el cobro con unos considerables descuentos. En ambos casos, por tanto, este medio de pago perjudica de manera importante a los proveedores de estas empresas –generalmente pymes y autónomos– situándolos en una situación de vulnerabilidad e indefensión ante la reclamación de las facturas. En concreto, esta modalidad creció el pasado año un 4,80%, hasta situarse en más de 67.900 millones de euros, según datos de la Asociación Española de Factoring (AEF). Junto con el factoring, representa un 18,35 % del PIB.
A nivel contable, en muchas empresas se consideran pagadas aquellas facturas a las que se ha comunicado un confirming, aunque el proveedor solo puede cobrarlas íntegramente al vencimiento del “pago confirmado”, que puede alcanzar los 240 días. En el balance de las cuentas anuales de las compañías estas operaciones de confirming con recurso no son consideradas deuda financiera, ya que se incluyen en la partida de deuda a proveedores. En este sentido, la Plataforma contra la Morosidad recuerda que las compañías tienen la obligación de incluir en sus memorias corporativas información sobre los plazos de pago a proveedores. En el caso de las empresas del Ibex-35, estos informes son auditados –normalmente por alguna de las consultoras Big Four–, y sometidos al análisis de la CNMV.
A pesar de estas revisiones, las operaciones de confirming determinan que las deudas con los proveedores figuren como pagadas a efectos del cálculo del periodo medio de pago, al contemplar la fecha de entrega del confirming como día de pago. Asimismo, en el balance de las cuentas anuales de las compañías estas operaciones no son consideradas deuda financiera, ya que se incluyen en la partida de deuda a proveedores.
Para Antoni Cañete, presidente de la PMcM, “es crucial diferenciar entre plazos de pago y medios de pago: hay que obligar a abonar las facturas dentro de los 60 días de límite máximo que marca la ley y sancionar a las organizaciones que tengan la “picaresca” de alargar los plazos utilizando el confirming u otros productos financieros”, y añade que, “en otros países la capacidad financiera de las grandes compañías se utiliza para ayudar a las pymes. En España muchas empresas siguen utilizando el confirming para que sus operaciones de compra sean rentables, además de ‘adulterar’ sus balances y auditorias. Esta situación deriva, como es lógico, en graves consecuencias para nuestra economía y empresas, que hay que evitar y sancionar cuanto antes”.