Tarifas eléctricas
Trasvase de consumidores eléctricos hacia el mercado liberalizado a precio fijo

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha contrastado que, durante 2021, 1,25 millones de clientes optaron por suscribir contratos eléctricos en el mercado libre, frente a los 575.000 que lo hicieron en 2020 y los 660.000 que adoptaron el mismo cambio en 2019. Este aumento considerable, que duplica prácticamente el número de cambios, se produce en el actual contexto de escalada de precios, que ya en el segundo semestre de 2021 supuso que los valores mayoristas del gas y la electricidad iniciaran una escalada histórica superior al 200 % y que ahora se ha intensificado como consecuencia de los nuevos incrementos en el gas en Europa, vinculados al conflicto bélico en Ucrania.
Según la CNMC, en octubre del pasado año alrededor del 60 % de los consumidores eléctricos – unos 18 millones de consumidores frente a un total de 29 millones- (60 % del consumo total) disponían de un contrato de suministro a precio fijo, lo que les permitió mantener los precios acordados hasta la fecha de revisión de sus contratos. Por el contrario, un 40 % de los consumidores con contratos indexados al precio del mercado al contado (un 40 % del total) o en tarifa regulada, PVPC, habrían experimentado un incremento del precio del 45 % en 2021 (+229 euros con respecto a 2020 para un consumidor medio). Sin embargo
Además, los elevados precios se han traducido en problemas de solvencia para algunos pequeños comercializadores de electricidad y gas. En 2021, 44 de ellos abandonaron la actividad, nueve por inhabilitación (incumplimiento de sus obligaciones de pago), y 35 por ceses voluntarios. Los 34.000 clientes afectados mantuvieron garantizado el suministro con el comercializador de último recurso en tarifa regulada. Competencia aprobó medidas para aliviar las cargas financieras de los comercializadores, proteger al sistema de los impagos y mejorar la información de los consumidores.
Modificación de los contratos
Muchos contratos de suministro incluyen una cláusula que habilita a los comercializadores a modificar las condiciones ante la subida de los precios y algunos de ellos han optado por acogerse a ella ante las subidas de precios. Algunos de ellos, ante la situación actual de precios altos, han optado por modificar unilateralmente sus condiciones, aunque esta práctica no cumple con la obligación de información transparente sobre precios y condiciones de la Directiva (UE) 2019/944. Competencia supervisa ahora dichas conductas y ha advertido a los comercializadores que deben avisar de forma transparente y comprensible de cualquier intención de modificación y del derecho a rescindir el contrato sin coste alguno.
Análisis del mercado minorista en 2020
Por otro lado y en cuanto al mercado minorista, en 2020, las comercializadoras no vinculadas a los grupos tradicionales energéticos alcanzaron una cuota del 42 % y del 36 % en los segmentos pyme e industrial, respectivamente, con niveles de concentración cada vez más reducidos. En el caso del sector doméstico, estas empresas, aunque siguieron aumentando paulatinamente su cuota (18 % en 2020), el nivel de concentración se mantuvo elevado.