Las empresas encargadas de gestionar los puntos de recarga para vehículos eléctricos tendrán que remitir información sobre las características de sus instalaciones y el precio de sus servicios al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, una vez aprobada la orden que regula este aspecto y que hace explícito a qué datos podrán acceder los ciudadanos, entre ellos, la ubicación, el horario, la potencia máxima y el tipo y modo de carga.
Una barrera para el desarrollo del vehículo eléctrico es la falta de conocimiento, por parte del consumidor, de la localización y disponibilidad de la infraestructura de recarga. Para que desaparezca esta carencia y facilitar la adopción y evaluación de políticas de fomento de la electrificación del transporte terrestre, la normativa ahora aprobada prevé dar publicidad a dichas infraestructuras. De este modo, los puntos públicos con una potencia superior a 43 kW deberán actualizar automáticamente sus precios y su disponibilidad al propio Ministerio, que la hará pública en un mapa web interactivo, similar al actual Geoportal Gasolineras, y al que todos los ciudadanos podrán acceder a través de internet.
Además de enviar información general –NIF, razón social, datos de contacto, número de teléfono de incidencias, página web…–, al ministerio le deberán remitir dos tipos de información de carácter público que será incluida en el Geoportal: estática y dinámica.
Información estática y dinámica
Entre la información estática figurará la dirección y el horario de la infraestructura de recarga, su accesibilidad, la potencia máxima, los métodos de pago disponibles, y el tipo y modo de carga de cada conector, entre otros datos. Esta información deberá remitirse desde la entrada en vigor de la Orden ministerial, el próximo 16 de mayo, y tendrá que actualizarse en un plazo máximo de una semana tras cualquier modificación.
La información dinámica, por su parte, refiere a la disponibilidad de la instalación y al precio de venta de la electricidad o del servicio de recarga. Solamente los puntos de potencia igual o superior a 43 kW tendrán la obligación de remitirla, y tendrá que actualizarse automáticamente, siempre que haya una modificación. Los puntos de potencia inferior también podrán remitir esta información voluntariamente, entrando a formar parte de la base de datos de Geoportal.
Para facilitar la automatización del envío de estos datos dinámicos por medios electrónicos, se habilitará una aplicación y un procedimiento que será desarrollado y publicado por el propio Boletín Oficial del Estado. Los operadores dispondrán de un plazo de tres meses desde la publicación de este procedimiento para remitir la información.
En total, se estima que hay unos 35 Operadores de puntos de recarga de acceso público y otros tantos proveedores de servicios de movilidad eléctrica que deben proporcionar esta información para que sea pública.