Energía
La CNMC aprueba la regulación que facilitará la conexión de nuevos consumidores mediante permisos de acceso flexible
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha aprobado una resolución por la que se establecen los permisos de acceso flexibles de la demanda a la red de transporte y a las redes de distribución de energía eléctrica. En ella se desarrolla lo previsto en la Circular 1/2024, de 27 de septiembre, por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de demanda.
Los permisos de acceso flexibles se configuran como una herramienta para facilitar la conexión de nuevas demandas cuando no exista capacidad firme disponible en el nudo correspondiente, permitiendo el acceso bajo determinadas condiciones técnicas, operativas o temporales, siempre que se preserven la seguridad y fiabilidad de la red. Con la nueva regulación ayudará a que nuevos consumidores puedan conectarse a la red eléctrica incluso cuando no haya capacidad disponible firme, siempre manteniendo la seguridad del sistema. Podrán solicitar estos permisos en zonas donde no haya capacidad disponible firme, pero en las que sí sea posible conectarse con ciertas condiciones, por ejemplo, reduciendo o adaptando su consumo en determinados momentos para no comprometer la seguridad de la red. De esta manera, los permisos de acceso flexible permitirán aprovechar mejor las redes ya existentes y facilitarán la conexión de nuevos consumos e impulsar así la electrificación.
La resolución aprueba cuatro modalidades de permisos de acceso flexible:
- Permiso tipo 0, aplicable en redes de distribución, basado en patrones horarios de consumo. Las instalaciones podrán consumir la potencia flexible asignada únicamente dentro de los intervalos previstos en el patrón autorizado.
- Permiso tipo 1, aplicable en redes de distribución del sistema eléctrico peninsular, para instalaciones que cumplen los criterios de acceso firme en condiciones normales, pero no en determinadas situaciones de indisponibilidad de elementos de la red. Este permiso se basa en la desconexión remota de la posición dedicada en subestación cuando sea necesario para garantizar la seguridad de la red.
- Permiso tipo 2, aplicable en redes de distribución del sistema eléctrico peninsular para instalaciones con potencia flexible superior a 1 MW. Permite la gestión activa de la flexibilidad mediante instrucciones del gestor de la red de distribución para limitar total o parcialmente la potencia flexible, de forma programada o en tiempo real.
- Permiso tipo 3, aplicable a instalaciones de consumo conectadas a la red de transporte del sistema eléctrico peninsular con capacidad flexible superior a 1 MW. Estas instalaciones deberán estar preparadas para reducir el consumo asociado a la capacidad flexible cuando lo requiera el operador del sistema por razones de seguridad.
Además, también aprueba el Procedimiento de Operación de Distribución POD1, que establece los criterios de seguridad y operación de la flexibilidad en las redes de distribución, definiendo los parámetros de control eléctricos, la observabilidad de las instalaciones, el envío de medidas en tiempo real, la firma de protocolos de operación y los mecanismos de coordinación entre gestores de red, operador del sistema y sujetos afectados.
Las instalaciones de almacenamiento se analizarán como solicitudes de acceso flexible
Igualmente, en la resolución se regula también el tratamiento de las instalaciones de almacenamiento. Las solicitudes de acceso de demanda de estas instalaciones se analizarán como solicitudes de acceso flexible, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo. La resolución establece además un régimen transitorio para la adaptación de los permisos de almacenamiento ya concedidos.
Competencia supervisará la correcta implementación de estos permisos y para ello los gestores de red deberán remitir anualmente a la CNMC información sobre su uso efectivo. Además, se publicarán los mapas de capacidad de acceso flexible disponible. La entrada en vigor de la resolución estaba prevista para este 1 de septiembre de 2026, con plazos específicos para cada modalidad:
- Los permisos tipo 0 y 1 podrán solicitarse en el plazo de seis meses desde que surta efectos la resolución.
- Los permisos tipo 2 podrán solicitarse desde el momento en que el gestor de la red de distribución disponga de las herramientas de visibilidad y control necesarias y, en todo caso, no más tarde del 1 de enero de 2028.
- Los permisos tipo 3 podrán solicitarse en el plazo de seis meses desde que surta efectos la resolución. Hasta el 1 de enero de 2029, solo podrán solicitarse cuando el punto de conexión a la red de transporte sea una posición de conexión con motivación de consumidor dedicada de forma exclusiva al titular y operada por el gestor de la red de transporte.
Para los permisos tipo 1 y tipo 2 en distribución, la tensión nominal inicial del punto de conexión deberá ser igual o superior a 30 kV. Posteriormente el umbral se reducirá a tensiones superiores a 1 kV. Esta reducción del nivel de tensión tiene por objeto extender la aplicación de los permisos tipo 1 y tipo 2 a un mayor número de instalaciones conectadas en redes de media tensión, por lo que los gestores de red deberán desarrollar las herramientas de observabilidad, supervisión y control necesarias.
