Energía
La CNMC impone 5 millones de multa a la distribuidora de Naturgy por restringir la competencia
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha multado con 5,08 millones a UFD Distribución Electricidad, comercializadora eléctrica del Grupo Naturgy por restringir la competencia en el mercado de instalación de determinados equipos de contadores de medida eléctrica entre mayo de 2018 y mayo de 2021.
En la comunicación de la CNMC se especifica que “el derecho de la competencia exige que las empresas en posición de dominio sean especialmente responsables de no restringir la competencia ni en el mercado que dominan ni en los mercados conexos”. En concreto, la realización de actuaciones sin amparo normativo que tengan la capacidad de producir efectos de exclusión será abusiva, con independencia de la intencionalidad de la conducta. Competencia también señala que “entre 2018 y 2021, UFD, distribuidora de Naturgy, realizó una interpretación normativa indebida que dificultó la instalación de determinados contadores de electricidad por otras empresas”. En este caso, interpretó indebidamente que la obligación de integrar todos los contadores del segmento doméstico en los sistemas de telegestión de la distribuidora era aplicable también a determinados tipos de contadores en el segmento industrial (tipo 3 y 4).
Esta conducta se tradujo en la imposición de requisitos no previstos en la normativa y en la denegación o retraso en la instalación y activación de equipos de medida propiedad de otras empresas de servicios de medidas y clientes industriales.
Aunque la empresa corrigió internamente esta interpretación en mayo de 2021, con sus prácticas restringió la competencia y la capacidad de elección de los consumidores y operadores alternativos. La investigación se inició a partir de una denuncia de Axon Time, y Enerlin Ingenieros, que motivó que la CNMC llevara a cabo inspecciones en dos sedes del Grupo de Naturgy y luego, en noviembre de 2023 iniciara un procedimiento sancionador contra UFD. Ahora llega la sanción de algo más de 5 millones de euros por una infracción muy grave del artículo 2 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
UFD tendrá prohibido contratar con el sector público en todo el territorio nacional por una duración de 4 meses. La prohibición afecta a contratos de obras, suministros y servicios vinculados al mercado de instalación de equipos de medida eléctrica y su puesta a disposición en puntos de suministro de baja tensión afectados por la conducta, salvo cuando UFD esté obligada a hacerlo según la normativa sectorial. Además, la sanción, que es recurrible ante la Audiencia Nacional, le impone otras obligaciones de cumplimiento y de información:
- UFD debe activar los equipos de telemedida propiedad de terceros ya instalados y permitir la instalación y activación de nuevos cuando lo solicite el cliente.
- UFD debe permitir la instalación de equipos de medida eléctrica amparados normativamente.
- UFD debe informar a los titulares de los puntos de suministro afectados y publicar en su web las nuevas obligaciones.
