Eficiencia Energética
Se amplían los profesionales habilitados para certificar la eficiencia energética en los edificios
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que modifica el Real Decreto 390/2021, relativo al procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, con el objetivo de actualizar la figura del técnico competente para realizar las certificaciones de proyectos, obras terminadas y edificios existentes.
La iniciativa se ha llevado a cabo a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y tiene como objetivo ampliar el tipo de profesionales habilitados para emitir los certificados en obras nuevas y en edificios existentes. Hasta ahora, sólo podían emitir las certificaciones los técnicos que cuentan con las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para ejercer como proyectista, director de obra o director de ejecución que establece la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).
Esta limitación ha sido considerada una barrera excesiva e inadecuada y en ello han estado de acuerdo tanto la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia como varias asociaciones y colegios profesionales implicados en la materia. El argumento es que se reduce la competencia en el mercado sin que eso signifique asegurar la calidad de los certificados.
En consecuencia, sólo se mantendrá la reserva de la emisión del certificado a los titulados habilitados por la LOE –básicamente arquitectos e ingenieros– en el caso de los proyectos de edificación, mientras que en obras terminadas y en edificios existentes se habilita a otros profesionales, siempre y cuando tengan los conocimientos adecuados, que también podrán adquirir realizando cursos de formación en función de la titulación que posean.
La medida permitirá dinamizar el ámbito de la certificación energética de los edificios, al aumentar el número de técnicos competentes para emitir los certificados las opciones de las empresas de servicios energéticos, con un beneficio claro para los consumidores y el conjunto de la economía. Los órganos competentes para la emisión del Certificado de las comunidades autónomas se encargarán de acreditar a las personas físicas que quieran ser técnicos competentes y hayan completado la formación correspondiente, mediante el registro de una declaración responsable, que será válida en todo el territorio nacional.
